A partir del 16 de octubre de 2012
es Publicada en Gaceta Oficial número 40.029, la resolución 058, la misma crea
y regula los “Consejos Educativos” y deroga la resolución 751 vigente desde
1986 que regulaba a las “Sociedades de Padres y Representantes”. Es una nueva
forma de participación y organización comunitaria en las escuelas, cuya
bienvenida ha estado marcada por el disenso de sectores inherentes a la
educación, pero, como norma del Estado su aplicación es un deber y será el espíritu de los actores educativos
quienes fragüen si sus objetivos son irrealizable o si por el contrario
contribuirá su marcha a la configuración
de una exitosa gestión escolar.
La implementación de la misma será el reto,
ponerla en practica con eficacia y
resultados sobresalientes es tarea de todas y todos quienes participan en el
proceso de enseñanza- aprendizaje, es pertinente más que la publicación de una
resolución la consolidación de múltiples factores como: la difusión del orden
legal, acompañada de una campaña de impacto que estimule y concientice al
venezolano sobre la importancia de participar en la gerencia de la institución
educativa adyacente, es pertinente la convocatoria
a un debate nacional que permitan contrastar las observaciones que algunos
sectores del país han realizado, además, para impulsar una sinergia positiva
sobre la resolución 058 deben minimizarse a la más mínima expresión los sesgos
político partidistas y generar confianza para que la misma sea una política
educativa de la sociedad en su conjunto.
Lo contrario, seria la misma historia de la
estructura de Comunidades Educativas planteada en la derogada resolución 751,
donde “quedaban las sillas vacías” en cada reunión convocada por el directivo de plantel,
reinando la apatía, la indolencia y el desanimo, es por ello que el cambio de
estructura es pertinente, pero, su aplicación cobrara sentido si los Consejos Educativos
logran promover mayor participación y protagonismos de los docentes, alumnos,
personal administrativo y obrero, así como de los padres y/o representantes y
vecinos de la comunidad en busca de aportar soluciones a diversas problemáticas que se presentan en la escuela.
En el papel, la Resolución 058 del Mppe, referente a los
Consejos Educativos, potenciara la gestión escolar, las bases constitucionales
de democracia participativa y protagónica, así como la corresponsabilidad,
fomentaran mejoras a las instituciones educativas. Los docentes con función de directivos de
plantel dejaran de estar solos y de ser los “Toderos”, ahora con la nueva
normativa dispondrán de 100 o más personas organizados en comité de padres o
representantes, ambiente, comunicación e información, deportes, cultura,
seguridad y defensa, infraestructura, académicos entre otros, que activaran
soluciones para mejorar la gestión escolar.
Enmarcados en la constitución de
1999, estos Consejos Educativos convertirán a las instituciones educativas en
el epicentro del desarrollo de las comunidades, será un espacio para fomentar
la organización comunitaria (Consejos Comunales), como lo avala la carta magna
en los artículos 62 y 132, aprobada por los venezolanos, en estos artículos se
consagra la participación popular en la vida política, civil y comunitaria, y particularmente
el 62 reza: "La participación del pueblo en la formación, ejecución y
control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo
que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo". De tal forma que la tarea desde la propia
escuela será trabajar por formar y construir una cultura en los ciudadanos de
democracia participativa y protagónica. Es necesario formar a la sociedad para
la efectiva ejecución de dichos Consejos Educativos, haciendo énfasis especial
en los nuevos actores. Estos deben empoderarse de su rol, educarse para tener
la aptitud y la motivación requerida para la satisfacción de la nueva norma.
Por ese motivo deben programarse talleres que orienten la conformación de los
consejos educativos en todas las
instituciones educativas. El éxito de
esta política educativa tiene especial énfasis en la comprensión de la serie de
oportunidades del cual dispone ahora el directivo de plantel y a todos los
demás para solventar dificultades y
mejorar el alcance del cumplimiento de los objetivos para bienestar de la
educación de nuestros niños, niñas y adolescentes.
Es
importante destacar la suma de la variable económica en el desarrollo de la
articulación de la escuela con las
organizaciones comunitarias, las instituciones educativas se proveerán de
oportunidades para el desarrollo de una política económica, promoviendo
proyectos socio-productivos definidos en el Plan de Desarrollo Económico y
Social de la Nación, donde de acuerdo a
las necesidades reales de la comunidad, se harán transferencias de recursos
para viabilizar proyectos en pro del desarrollo integral de la zona, como
también podrán disponer de fondos de responsabilidad social del sector privado
previo presentación y pertinencia de planes.
Finalmente, es responsable alertar que
la resolución 058, lleva intrínseco el germen que agoto en el tiempo a la
resolución 751, la cual radica en el llenado de actas y formularios para
“cumplir”, las zona educativas orientan a los supervisores a hostigar al
personal directivo de escuelas y liceos sobre este punto, solo para destacar porcentajes de organización de los
denominados consejos, peligrosamente sin estar los mismos activados
efectivamente, destacando importancia inútil de un papelero que va a parar a
archivos inertes, incapaces de implementar una dinámica distinta a la del
pasado, amen pueda revertirse esta política de “el Estado del disimulo” como lo
señalo el escritor Venezolano José Ignacio Cabrujas (1.987) refiriéndose a
aparentar hacer y no hacer nada y se logre reorientar la activación tangible,
oportuna, eficaz y positiva de los mencionados Consejos Educativos.
URQUIDI SILVA